La compraventa de una vivienda es uno de los mayores compromisos a largo plazo que una persona puede asumir en su vida. Sin embargo, es importante tener en cuenta que, además del precio de la vivienda, también hay que considerar una serie de impuestos y gastos adicionales que se deben pagar en este proceso.
Si estás pensando en comprar o vender una propiedad inmobiliaria, este post será de gran ayuda para aclarar los impuestos que deberás pagar en función de si la vivienda es de primera o segunda mano. Además, te podrás familiarizar con algunos conceptos importantes que se deben considerar al realizar este tipo de transacciones.
¿Estás pensando en vender una vivienda? Antes de comenzar con los trámites, debes saber que este proceso conlleva el pago de ciertos impuestos. En concreto, y en esta situación, se hace referencia a tres tributos esenciales, que son:
Si estás pensando en comprar una vivienda, también debes tener en cuenta los diversos impuestos que se asocian a este tipo de transacción, además de los gastos relacionados con la misma. De hecho, estos tributos pueden variar en función de varios factores: el tipo de vivienda, la comunidad autónoma en la que se ubique o la superficie del inmueble.
A continuación, veremos qué gastos implica la compra de una vivienda de obra nueva, y cuáles una vivienda de segunda mano.
¿Qué ocurre si la vivienda es de obra nueva?
En el caso de la compra de un bien inmueble nuevo, el propietario deberá afrontar dos impuestos: el IVA y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
Este impuesto se aplica en la mayoría de los casos en la compra de viviendas nuevas. La cuantía del IVA en este tipo de casos es del 10% sobre el valor del inmueble. Sin embargo, cuando se trata de viviendas de protección oficial o de promoción pública, este porcentaje se reduce hasta el 4%.
En determinadas comunidades autónomas, el porcentaje del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) puede variar en la compra de viviendas nuevas. En Canarias, por ejemplo, en lugar de IVA, se debe abonar el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que es del 7 % en la mayoría de los casos. No obstante, en la compra de viviendas comunes, el tipo impositivo puede ser del 5% si la base imponible no supera los 150.000 euros y el comprador no tiene una vivienda en propiedad o usufructo.
Actos Jurídicos Documentados (AJD)
El impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) es un impuesto que se aplica sobre la escritura notarial de compraventa. Este tributo varía en función de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre la vivienda y del valor declarado en la escritura, y se debe liquidar con el modelo 600 de autoliquidación.
¿Y si la vivienda es de segunda mano?
En esta ocasión, el comprador no deberá abonar el IVA ni el impuesto de AJD que acabamos de mencionar. Sin embargo, sí hay que abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Este impuesto grava la transmisión de la propiedad del bien inmueble y se calcula en base al precio de compra. En este caso, el tipo impositivo varía en función de la comunidad autónoma en la que se encuentre la vivienda, oscilando normalmente entre el 6% y el 10% del valor de la vivienda de compra.
En resumen, comprar o vender una casa conlleva una serie de impuestos asociados que se deben sumar al valor de la vivienda. Por eso es importante realizar este tipo de transacciones a través de una agencia inmobiliaria con experiencia como es el caso de Engel & Völkers, ya que te asesorarán durante todo el procedimiento, resolviendo aquellas dudas que te puedan surgir.