Magnifico piso señorial en la zona alta de Barcelona con 190m2 situado en una finca regia. Se alquila sin muebles. Dispone de 5 habitaciones de las cuales hay 4 dobles y 1 individual + 1 de servicio. Todas las habitaciones tienen armarios empotrados. Hay 3 baños, uno con bañera y dos con plato de ducha. Los suelos son de parqué hay calefacción individual por gas. La Cocina es amplia y esta semi equipada, además hay una zona de lavadero independiente. Este inmueble es muy luminoso y soleado. El piso se encuentra en una 4a planta, y 5a planta real con dos ascensores (uno de servicio). Cuenta con suelos de parqué, calefacción a gas, aire acondicionado en el salón, ventanas doble cristal, persianas eléctricas en el salón. Hay Servicio de conserjería. Se hizo una reforma integra y esta a estrenar todo!
Esta propiedad se encuentra en el corazón de Bonanova, en una calle principal del barrio a pocos metros de comercio, restaurantes, servicios de todo tipo, bien comunicado con transporte público y con conexiones casi directas con dos arterias importantes de la ciudad para transporte privado, la Ronda del Mig y la Ronda de Dalt.
Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos incluidas las medidas tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente.
El precio no incluye gastos ni impuestos. Al arrendatario le corresponde el pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) si el arrendamiento lo es para uso distinto de vivienda y de los honorarios por los servicios de búsqueda y localización del inmueble, lo cuales no incluyen los gastos relativos a la gestión inmobiliaria y de formalización del contrato de arrendamiento que, en ningún caso le serán repercutidos al arrendatario. Otras condiciones particulares como duración, fianza, garantías, consumos o gastos de comunidad, cuando los hubiere, serán especificados en documento adicional. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.