No te pierdas esta oportunidad , no se suelen presentar a menudo! Piso recién reformado íntegramente, listo para entrar, en primera línea de mar, a 2 pasos de todo, playa, restaurantes, tiendas. Ofrece espacios sorprendentemente amplios, salón con terraza cubierta e inmejorables vistas al mar, espacioso comedor con una moderna cocina abierta, un elegante baño con ducha y un dormitorio doble. Dispone de aparatos de A/C de frío/calor. Todas las instalaciones son nuevas. Aprovecha esta oportunidad, no se suele repetir!
Sitges ha sido desde siempre un lugar que ha hechizado artistas, turistas y en general visitantes de todas partes. Para muchos el secreto es su luz y los casi 300 días de sol al año. La naturaleza ha sido generosa con Sitges, ya que tiene el privilegio de estar situada en la costa del mar Mediterráneo y al pie del macizo del Garraf. A nivel cultural, el legado es extraordinario. El arte está vivo y las tradiciones se mantienen con modernidad. Sitges ha conservado importantes referencias medievales y lo pintoresco de la antigua villa de campesinos y pescadores. Goza de un carácter cosmopolita gracias a la heterogeneidad de su población, donde conviven más de 70 nacionalidades diferentes, lo cual certifica la existencia de cuatro colegios internacionales en los alrededores. Ahora, el Sitges del siglo XXI se basa en la creatividad, el talento y la innovación, pero sin perder nunca las raíces. Sitges es una ciudad que atrae y seduce.
Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos, incluidas las medidas, tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente.
El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el derecho a elegir notario y el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.