Obtenga asesoramiento personal
Engel & Völkers Gran Canaria
+34 928 061610
W-02NK0H – este es el ID de la propiedad, pide a un agente que lo solicite.
Jaime Frade
Global Ichy Social, S.L.
Titular de licencia de Engel & Völkers Residential GmbH
Habitaciones
5Dormitorios
5Baños
4Superficie total
350 m²Superficie de la parcela
415 m²Condición
TopGarajes
3Año de construcción
1997Certificado energético disponible
SíLa propiedad se ubica en la exclusiva zona de Monte Lentiscal dentro del término municipal de Santa Brígida, estando perfectamente comunicada con la capital y el resto de la isla. Muy cerca cuenta con una salida directa a la carretera de circunvalación y paradas de transporte público. La propiedad se sitúa en la parte de alta de Los Lentiscos, disfrutando así de unas espectaculares vistas al monte. Esta urbanización destaca por su absoluta tranquilidad. Monte Lentiscal es una zona con gran tradición en la producción vinícola y muy presente en la historia de la isla, también por el asentamiento urbanístico de propiedades exclusivas. Fue lugar elegido por selectos viajeros y turistas ingleses desde mediados del S XIX. En este hecho influyó, sin duda, su clima, la proximidad a la ciudad de Las Palmas, la estética de su armónico paisaje rural y, sobre todo, la espectacularidad de la Caldera de Bandama. Es importante destacar la tranquilidad, la cercanía a prestigiosos colegios privados, y al famoso Real Club de Golf de Las Palmas, decano de España 1891.
Calle Venegas, 45, 35003, Las Palmas de Gran Canaria
+34 928 061610
Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos incluidas las medidas tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias jurídicas de la compraventa la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de viviendas (obra nueva) el IGIC y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de viviendas (viviendas de segunda mano) el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.