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Engel & Völkers Barcelona MMC
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W-02UFOW – este es el ID de la propiedad, pide a un agente que lo solicite.
Lurdes Pons
EV MMC Spain, S.L.U.
Titular de licencia de Engel & Völkers Residential GmbH
Habitaciones
7Dormitorios
7Baños
3Superficie habitable
356 m²Superficie total
356 m²Superficie de la parcela
610 m²Condición
MediaGarajes
1Plazas de aparcamiento
1Año de construcción
1985Certificado energético disponible
SíFuente de energía
Calefacción de gasEsta maravillosa casa se encuentra en la urbanización del Mas Ram con vista al mar y a la montañas de la Serralada de Marina, a 10 minutos del centro de Barcelona. En un enclave privilegiado, próximo al punto de conexión entre las dos vías rápidas que unen El Maresme y Barcelona, esta urbanización goza del clima suave y soleado que ofrece la costa mediterránea. Además de una Escuela privada reconocida, dispone de un Club Deportivo y Social con Restaurante y ofrece la seguridad de una vigilancia durante las 24 horas del día. Su inmejorable ubicación hace que esta urbanización posea la tranquilidad propia de vivir rodeado de naturaleza y sea ideal para convertirla en el lugar de primera residencia. Cercana a los puertos deportivos de Badalona y El Masnou, la convierten también en un destino ideal como segunda residencia para aquellos que gustan disfrutar del mar como destino vacacional. Mas Ram dispone de una gran oferta de viviendas exclusivas en una ubicación exclusiva como lo es el balcón del Mediterráneo.
Avda. Diagonal 640, 6a planta, 08017, Barcelona
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Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos, incluidas las medidas, tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el derecho a elegir notario y el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.