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Engel & Völkers Madrid MMC
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W-02T63R – este es el ID de la propiedad, pide a un agente que lo solicite.
Alejandro Berdud Arias
EV MMC Spain, S.L.U.
Titular de licencia de Engel & Völkers Residential GmbH
Habitaciones
7Dormitorios
7Baños
6Superficie total
1590 m²Superficie de la parcela
6581 m²Condición
Necesita renovaciónPlazas de aparcamiento
4Año de construcción
1943Certificado energético disponible
En progresoAhora tiene la posibilidad de comprar este majestuoso palacete en Córdoba. Situado en una extensa parcela de la zona residencial por excelencia: la avenida del Brillante. Hasta mediados del siglo XX, lugar de huertas y residencia de verano de las clases más adineradas, que tenían allí sus grandes casas con jardines para huir de los rigores del verano cordobés. Córdoba es una de las ocho capitales de Andalucía, en el sur de España, declarada Ciudad Patrimonio de la Humanidad. Una joya urbana que respira la esencia andaluza por cualquiera de sus rincones y atesora grandes monumentos como la Mezquita-Catedral, edificio único en todo el mundo. Sin olvidarnos del imponente puente romano sobre el Guadalquivir, el Alcázar de los Reyes Cristianos con sus torres y murallas o los famosos y admirados patios cordobeses, alegres y coloridos con miles de flores y macetas. Córdoba está excelentemente comunicada con Madrid, Sevilla y Málaga. Tanto por tren de alta velocidad como por autopistas. Así mismo se encuentra a 1 hora de los aeropuertos internacionales de Málaga y Sevilla.
Génova, 27 5ª planta, 28004, Madrid
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Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada. Los datos, incluidas las medidas, son orientativos. Para comprobar las superficies, las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción recomendamos acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el derecho a elegir notario y el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.