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W-02UFZV – este es el ID de la propiedad, pide a un agente que lo solicite.
Liliana Pueyo Acosta
EV MMC Spain, S.L.U.
Titular de licencia de Engel & Völkers Residential GmbH
Habitaciones
4Dormitorios
4Baños
3Superficie habitable
180 m²Superficie total
180 m²Condición
TopAño de construcción
1900Certificado energético disponible
NoTipo de calefacción
RadiadorFuente de energía
Calefacción central, Calefacción de gas, Bomba de calorLa ubicación es ideal porque está ubicado en pleno centro de Sant Cugat del Vallés a sólo 3 minutos del Ferrocarril y cercanía a todos los servicios de máxima calidad y encanto patrimonial. Si se va a efectuar un cambio de residencia en familia, Sant Cugat alberga centros educativos de referencia tanto en el ámbito privado como en el concertado o público. Todas las etapas de escolarización están sobradamente cubiertas en el municipio, al tiempo que las universidades barcelonesas se encuentran a escasa distancia. De igual modo, la atención sanitaria está asegurada con clínicas modernas y muy completas. El casco antiguo de Sant Cugat ofrece una enriquecedora experiencia cultural a través de distintas muestras del patrimonio local, como su célebre monasterio benedictino. Se trata de un recinto prácticamente único en Barcelona y que comenzó a construirse en las últimas etapas del Imperio Romano, adquiriendo su actual configuración en la Baja Edad Media. En definitiva, un contacto directo con la historia.
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Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos, incluidas las medidas, tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el derecho a elegir notario y el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.