Obtenga asesoramiento personal
Engel & Völkers Barcelona MMC
+34 93 51544 44
W-02TKFQ – este es el ID de la propiedad, pide a un agente que lo solicite.
Mireia Massanell
EV MMC Spain, S.L.U.
Titular de licencia de Engel & Völkers Residential GmbH
Habitaciones
6Dormitorios
6Baños
1Superficie habitable
213 m²Superficie total
213 m²Superficie de la parcela
1201 m²Condición
Muy buenoGarajes
1Plazas de aparcamiento
2Año de construcción
1989Certificado energético disponible
En progresoLa urbanización “Can Pere de la Plana” en Sant Pere de Ribes, se encuentra a unos 3 kilómetros del núcleo de Sant Pere de Ribes. Situada en el medio del macizo del Garraf y rodeada por el parque natural del Garraf. Se accede por la carretera de Olivella o desde el pueblo de Ribes por Can Lloses. El clima es mediterráneo litoral, suavizado por la presencia del mar y del macizo del Garraf, con veranos secos y cálidos e inviernos húmedos y templados, aunque ocasionalmente se producen tormentas repentinas. La primavera y el otoño son las estaciones más lluviosas. Puede llegar por carretera a “Urb. Can Pere de la Plana” en Sant Pere de Ribes desde las localidades más cercanas: Sitges a 9 kilómetros desde C-15B y C-32 Vilanova i la Geltrú a 14 kilómetros desde C-15 Vilafranca del Penedès a 20 kilómetros desde C-15B y C-15 Barcelona a 46 kilómetros desde C-15B y C-32 Tarragona a 57 kilómetros desde C-15B, C-32 y AP-7
Avda. Diagonal 640, 6a planta, 08017, Barcelona
+34 93 51544 44
Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos, incluidas las medidas, tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el derecho a elegir notario y el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.