Obtenga asesoramiento personal
Engel & Völkers Barcelona MMC
+34 93 51544 44
W-02VFXM – este es el ID de la propiedad, pide a un agente que lo solicite.
Katerina Staffova
EV MMC Spain, S.L.U.
Titular de licencia de Engel & Völkers Residential GmbH
Habitaciones
6Dormitorios
6Baños
2Superficie terraza
25 m²Superficie habitable
337 m²Superficie total
337 m²Superficie de la parcela
831 m²Condición
BuenaGarajes
2Plazas de aparcamiento
2Año de construcción
1986Certificado energético disponible
SíDemanda de energía
196 kWh/m²aFuente de energía
Calefacción central, Calefacción de gasTipo de certificado energético
Certificado de consumoConsumo de energía final
196 kWh/m²aSant Pere de Ribes es un municipio situado en el corazón de la comarca del Garraf, a 5 minutos de Sitges. Se encuentra en un entorno natural donde predominan las viñas, un clima agradable y una excelente comunicación por carretera, autopista y ferrocarril con Barcelona y el aeropuerto. El municipio se divide en diferentes núcleos: Ribes, las Roquetes, Puigmoltó y la Vilanoveta. Es un municipio con trayectoria vitivinícola que tiene la singularidad de contar con diferentes bodegas elaboradoras y una diversidad de masías rurales con encanto. Sitges está rodeada de mar y montaña, consta de una amplia infraestructura turística, con puertos deportivos, colegios internacionales, municipales y clubs deportivos como el de golf, hípico y de mar.
Avda. Diagonal 640, 6a planta, 08017, Barcelona
+34 93 51544 44
Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos, incluidas las medidas, tienen carácter meramente orientativo. A efectos de comprobar las superficies, así como las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción la Agencia recomienda acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos ni impuestos. Corresponde al comprador el derecho a elegir notario y el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.