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Engel & Völkers Valencia MMC
+34 96 3517897
W-02NEGS – este es el ID de la propiedad, pide a un agente que lo solicite.
María Jesús Chust
EV MMC Spain, S.L.U.
Titular de licencia de Engel & Völkers Residential GmbH
Habitaciones
6Dormitorios
6Baños
4Superficie terraza
138 m²Superficie habitable
242 m²Superficie total
242 m²Superficie de la parcela
700 m²Condición
TopGarajes
2Plazas de aparcamiento
2Año de construcción
2022Certificado energético disponible
En progresoFuente de energía
Calefacción por suelo radiante, Bucle, Calefacción centralLa vivienda se encuentra en la Urbanización San Miguel, una exclusiva urbanización perteneciente a las poblaciones de Chiva y Torrente, en la Sierra Perenchiza, con abundante vegetación y un clima templado durante todo el año. Dispone de vigilancia las 24 horas del día. A pocos metros de la vivienda tenemos el retén de la policía local, con servicio médico ambulatorio. Contamos con todos los servicios: Uno de ellos, el Colegio Internacional Levante, uno de los más prestigiosos colegios bilingües de Valencia. Cerca también, farmacia, iglesia, supermercado, restaurantes, parada de autobús, etc. A 19 km, por autovía, la ciudad de Valencia; y a tan solo 9 km, Torrent, donde nos encontramos con todo tipo de servicios y dos paradas de metro. Conexión directa al bypass, la A7. El aeropuerto Internacional de Manises- Valencia a pocos minutos.
Gran Via Marqués del Turia 61, 46005, Valencia
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Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada. Los datos, incluidas las medidas, son orientativos. Para comprobar las superficies, las circunstancias físicas y jurídicas del inmueble y de la transacción recomendamos acudir a un profesional competente independiente. El precio no incluye gastos, impuestos y honorarios de la Agencia a pagar por el comprador. Corresponde al vendedor el derecho a elegir notario. En particular, corresponde al Comprador el pago de los siguientes impuestos y gastos: (i) en las primeras entregas de edificaciones (obra nueva) el IVA y el AJD; (ii) en las segundas y ulteriores entregas de edificaciones el pago del ITP; (iii) el arancel notarial y registral en ambos casos. Para el resto de la información exigida por la normativa estatal y autonómica puede dirigirse a la Agencia.