En la Comunidad de Madrid, la llegada del otoño y, en concreto, del mes de octubre es sinónimo de la apertura de la temporada de caza. Puesto que esta actividad se regula a partir de ordenanzas anuales que establecen la apertura y el cierre de la veda, así como muchas otras normas de gran interés, aquí vamos a explicarle todo lo que debe saber si es un apasionado de esta apasionante disciplina deportiva.
Temporada de caza menor
La temporada de caza menor en terrenos acotados para ello dio comienzo el 8 de octubre y se dará por finalizada el 31 de enero de 2017. En concreto, los días en que estarán habilitados para esta actividad serán los jueves, sábados, domingos y festivos autonómicos propios de la Comunidad de Madrid y nacionales.
En el caso de los cotos privados de caza que posean una superficie de, al menos, 250 hectáreas, podrán cazarse la paloma torcaz y la bravía, la tórtola común, el estornino pinto, la grajilla, la corneja, la urraca, la codorniz y el zorro. Esta temporada abarcará desde el 15 de agosto al 15 de septiembre de 2017 y, exceptuando el caso de la tórtola y de la codorniz, especies de las que solo se podrán capturar 10 ejemplares por cazador y día, no habrá límite.